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Alerta a inquilinos: máximo de mascota que se puede tener en una vivienda

Alerta a inquilinos: máximo de mascota que se puede tener en una vivienda

Source: RCN Radio

En Colombia, el amor por las mascotas es evidente. De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), el 67 % de los hogares en el país cuenta con al menos una mascota, lo que se traduce en aproximadamente 4,4 millones de familias.

Muchas de estas familias viven en propiedades horizontales bajo arriendo, lo que ha generado discusiones y regulaciones específicas sobre la tenencia de animales en este tipo de viviendas.

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La legislación colombiana ha establecido directrices claras para proteger los derechos de los inquilinos que tienen mascotas. Según la Sentencia T-035 de la Corte Constitucional emitida en 1997, es completamente legal tener animales en propiedades horizontales, siempre y cuando se cumplan ciertos compromisos para evitar perjuicios a los vecinos.

Esta sentencia es un pilar fundamental que asegura que los propietarios no pueden negarse a arrendar o retener documentos de los inquilinos basándose en la presencia de mascotas en la propiedad.

Sin embargo, surge la pregunta sobre la cantidad máxima de animales permitida en una vivienda. Aunque la legislación no establece un número máximo de mascotas, sí enfatiza la calidad de vida de los animales y las posibles afectaciones a los vecinos.

La Ley 746 de 2002 es crucial en este aspecto, pues establece las obligaciones que deben cumplir los residentes propietarios de mascotas en propiedades horizontales.

"La tenencia de ejemplares caninos en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal", se expresa en el documento.

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